Conforme a las normas ciertas de Derecho internacional y sin perjuicio a las obligaciones que se deriven de convenios internacionales, los Estados tienen derecho a controlar la entrada de extranjeros en su circunscripción. Al hacerlo dispone de una amplia atribución discrecional. 43 comisiones especializadas en diversos campos legales 94 https://paisessinextradicion51501.humor-blog.com/29077648/nuevo-paso-a-paso-mapa-abogados-españoles-en-francia